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 La Plataforma de Vehículos Afectados por la Movilidad en España se creó en febrero de 2021 como un grupo de facebook agrupando a personas de distintas regiones de España. En verano de 2021 empezamos a dar los pasos para constituirnos como asociación y en septiembre de 2021 se constituyó la Asociación Vehículos Afectados por Restricciones Medioambientales (AVARM). con CIF G 16977696. La Junta Directiva actual de la Asociación sin animo de lucro está constituida por 10 personas de varias nacionalidades y de distintos lugares de España: Asturias, Barcelona, Extremadura, Galicia, Madrid.

Estamos en estrecho contacto con ASOCPARC - la Plataforma Afectados Restricciones Circulatorias de la ciudad de Barcelona, municipios del Área Metropolitana Barcelona así como a otros municipios del área de influencia incluidos dentro del Àmbit40 ; y con la Plataforma en defensa de los vehículos históricos de Gijón, ciudades donde ya han aprobado normativas sobre las Zonas de Bajas Emisiones.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Esta Asociación sin ánimo de lucro apolítica, apartidista y aconfesional se financia exclusivamente con las aportaciones de sus socios, donativos recibidos y donativos entregados a cambio de diversos artículos que tenemos en nuestras mesas informativas y con las que participamos en ferias, eventos y concentraciones, y no recibe ningún tipo de subvención. Se ha creado para movilizarnos, agruparnos y hacer concentraciones para denunciar y actuar contra las restricciones que estamos sufriendo los propietarios y usuarios vehículos afectados, todos los que no tienen el distintivo ambiental de la DGT, y próximamente los etiqueta "B" . Ya sean históricos, clásicos, youngtimers, cutres, raros, veinteañeros, adolescentes, antiguos, viejitos... defendemos el derecho de circular de todos los vehículos que tengan ITV en vigor, IVTM y seguro al corriente de pago. Especialmente el de los más afectados: vehículos de gasolina anteriores al 2000, Diesel anteriores al 2006, o motocicletas anteriores a 2003. Que nuestros dirigentes pretenden que los mandemos al desguace... o pagar peajes urbanos, impuestos extras, etc...

Dentro del objeto de la Asociación Vehículos Afectados por Restricciones Medioambientales (AVARM) recogido en sus estatutos se encuentra el promover la libre circulación de los vehículos a motor, y la proposición de acuerdos con administraciones Europeas, Nacionales y Locales a fin de evitar las restricciones de los vehículos sin distintivo medioambiental y otros.

 

En las alegaciones y recursos que hemos presentado a distintas normativas nacionales, regionales y locales se encuentran algunas de nuestras propuestas en materia de movilidad, medioambiente y economía, así como indicaciones sobre los fenómenos a tener en cuenta que tienen impacto en el medio ambiente, que recogemos en este texto: https://asociacionavarm.wixsite.com/avarm/propuestas

Actualmente nuestra principal movilización es contra la Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid, contra la que ya solo cabía presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la única vía que quedó una vez desestimadas todas las alegaciones a la Ordenanza que presentamos nosotros y otros colectivos y asociaciones. Y contra el Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre de 2022, por el que se regulan las zonas de bajas emisiones

 

El lunes 13 de septiembre el Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobó definitivamente la Ordenanza de Movilidad Sostenible. Si tu vehículo no tiene etiqueta ambiental de la DGT (diésel anteriores al 2006, gasolina anteriores al 2000 y motocicletas anteriores al 2003) y no paga el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica en el municipio de Madrid o no estaba registrado en tráfico en el municipio de Madrid antes del 1-1-22 , tendrá las siguientes restricciones: 

  • PROHIBIDO APARCAR EN LA “ZONA SER” DENTRO DE LA M-30, Y EN LAS NUEVAS “ZONAS SER” DE FUERA DE LA M-30, SALVO LOS RESIDENTES EN SU BARRIO.

  • SEPTIEMBRE 2021. PROHIBICIÓN DE CIRCULAR EN ZBEDEP DISTRITO CENTRO (MADRID CENTRAL).

 

  • 22-12 2021. PROHIBICIÓN DE CIRCULAR EN PLAZA ELÍPTICA, SUS INMEDIACIONES, Y EL TÚNEL DE LA A-42, SALVO PARA EMPADRONADOS EN ZBEDEP PLAZA ELÍPTICA.

 

  • 1-1-2022, PROHIBIDO SU ACCESO Y SU CIRCULACIÓN EN CALLES DENTRO DE LA M-30 PARA TURISMOS QUE NO PAGUEN EL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA EN EL MUNICIPIO DE MADRID.

 

  • 1-1-2023, PROHIBIDO SU ACCESO Y SU CIRCULACIÓN DENTRO DE LA M-30 Y EN LA PROPIA M-30 PARA TURISMOS QUE NO PAGUEN EL IVTM EN EL MUNICIPIO DE MADRID.

 

  • 1-1-2024, PROHIBIDO SU ACCESO Y SU CIRCULACIÓN POR LA TOTALIDAD DE LAS VÍAS PÚBLICAS URBANAS DE TITULARIDAD MUNICIPAL DEL TÉRMINO MUNICIPAL  DE MADRID PARA TURISMOS QUE NO PAGUEN EL IVTM EN EL MUNICIPIO DE MADRID.

 

  • 1-1-2025, TODOS LOS VEHÍCULOS SIN PEGATINA DE LA DGT TENDRÁN PROHIBIDO CIRCULAR POR TODAS LAS VÍAS PÚBLICAS URBANAS DE TITULARIDAD MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE MADRID, excepto los Vehículos Históricos, Municipales, FFCCSE...

Esto se traduce en que desde el año 2022, todo turismo sin pegatina no residente no podrá acceder al interior de la M-30: por ejemplo un diésel con 16 años registrado en Móstoles pero su propietario trabaja en Madrid

 

Esto no solo afecta a los coches sin etiqueta ambiental de Madrid. Solamente en el municipo de Madrid hay afectados 352.000 turismos, 36.600 motocicletas, 39.300 furgonetas, 23.300 camiones, 950 autobuses y 2.800 tractores industriales.  En toda la Comunidad de Madrid 772.709 turismos, 80.300 motocicletas, 86.337 furgonetas, 51.098 camiones, 2.163 autobuses y 6.184 "tractores industriales", y los innumerables vehículos de provincias limítrofes cuyos dueños usan para ir a trabajar al Municipo de Madrid o conductores que van de paso atravesando la península y circulan por la M-30

Como veníamos anunciando desde hace un par de meses la Asociación Vehículos Afectados por Restricciones Medioambientales (AVARM) presentó el 18-11-21 un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid contra la modificación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible aprobada lunes 13 de septiembre de 2021 en el Pleno del Ayuntamiento de Madrid. Esta demanda se presentó por medio de un Despacho de abogados, Pyramid Consulting – Multayuda, que ya presentó un recurso contra la Ordenanza de 2018, y ha presentado alegaciones a la modificación de la ordenanza de 2021 y son expertos en recurrir multas y recursos contra la Administración. Además son directamente perjudicados y legitimados para actuar como parte demandante, ya que su despacho esta en C/ Gran Vía, 22, 28013 Madrid, dentro de Madrid Central ahora llamado ZBEDEP Distrito Centro.

Tuvimos que constituir legalmente a Asociación sin ánimo de lucro a marchas forzadas y abrir una cuenta bancaria, con distintas personas de varios puntos de España en la Junta Directiva, con la dificultad para reunir firmas y hacer trámites que esto ha supuesto pero finalmente lo conseguimos.

A fecha de 31-12-23 el recurso está ya pendiente de sentencia. Se esperaba para el verano de 2023 pero las huelgas en la Justicia lo han ido aplazando y no hay una fecha concreta, aunque según nuestros abogados no puede ser muy lejana.

 

Para poder ser tu representante como persona afectada, seguimos necesitando el mayor número de asociados posibles para ser considerados parte  legitimada en el proceso para recurrir la ordenanza, así como reunir la suma necesaria para tener una reserva para el caso que hubiese que pagar costas, solicitar informes técnicos, o realizar un recurso en 2ª Instancia

 

Hay tres formas de colaborar económicamente:

Donativo

Para quien no quiera participar en la demanda por no estar directamente afectado pero si quiera colaborar, o quien no pueda afrontar el pago de la cuota.

Todo lo que se consiga frenar judicialmente en Madrid hará que el resto de 145 municipios que tienen que implantar Zonas de Bajas Emisiones lo tomen como ejemplo y no impongan medidas excesivamente restrictivas contra los vehículos sin distintivo ambiental o vehículos con etiqueta B o C.

Desde 0,50 cts puedes colaborar con cualquier importe realizando un ingreso en la cuenta:
 


Concepto: Donativo AVARM

Entidad:  CAJAMAR CAJA RURAL, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO

Beneficiario: Asociación Vehículos Afectados por Restricciones Medioambientales 

Nº de Cuenta:  ES72 3058 0977 15 2720014061

BIC / SWIFT: CCRIES2AXXX 

  

 

Inscripción como Socio/a
 

La cuota de inscripción es de 36 €, e incluye la participación en la demanda en 1ª instancia

Para inscribirte deberás realizar un ingreso en la cuenta:
 

Entidad:  CAJAMAR CAJA RURAL, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO

Beneficiario: Asociación Vehículos Afectados por Restricciones Medioambientales 

Nº de Cuenta:  ES72 3058 0977 15 2720014061

BIC / SWIFT: CCRIES2AXXX 


Concepto: cuota Socio "Nombre + Apellidos"
 


 

Para inscribirte como socio deberás rellenar una ficha que puedes descargar aquí, en formato Excel o Word  y remitirla a asociacion.avarm@gmail.com
 

También puedes enviar tu inscripción por correo-e, junto con el justificante de pago indicando:
 

NOMBRE

APELLIDOS

DNI

TELEFONO

FECHA NAC.

CORREO ELECTRÓNICO

DOMICILIO (Dirección)

CÓDIGO POSTAL

Vehículo afectado 1   (Marca – Modelo - Año)

Vehículo afectado 2

Vehículo afectado 3

Vehículo afectado 4

Vehículo afectado 5

asociacion.avarm@gmail.com


Cuando estés dado de alta como socio recibirás un e-mail de confirmación comunicándote cual es tu número de socio.
El primer carnet será digital, ya que estamos comprometidos con el medio ambiente.

Inscripción como Socio/a + Donativo


Para inscribirte deberás realizar un ingreso en la cuenta de la cantidad que consideres oportuna superior a 36 € :
 

Entidad:  CAJAMAR CAJA RURAL, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO

Beneficiario: Asociación Vehículos Afectados por Restricciones Medioambientales 

Nº de Cuenta:  ES72 3058 0977 15 2720014061

BIC / SWIFT: CCRIES2AXXX 



Concepto: cuota Socio "Nombre + Apellidos" + Donativo

y remitirnos la ficha de socio

 

Ventajas y beneficios para asociados.
 

  • Si logramos tumbar la Ordenanza del Ayuntamiento de Madrid y otras más adelante, podrás tener el orgullo de haber colaborado con tu granito de arena para que tu vehículo y otros vehículos puedan seguir circulando por las calles de tu municipio y las carreteras de España frente a las imposiciones de regulaciones y ordenanzas que quieren condenar a los vehículos antiguos al desguace si tener en cuenta su valor como patrimonio automovilístico, su valor sentimental o el servicio que presenta para cientos de miles de personas que no pueden permitirse adquirir otro vehículo, ni siquiera de segunda mano.  Estarás así contribuyendo a la preservación el patrimonio motorizado, para que así las próximas generaciones puedan aprender, entender y disfrutar de aquellos vehículos que movilizaron a nuestros padres y abuelos y que tan buenos recuerdos nos han brindado, brindan y brindarán.
     

  • Si superamos los 1.000 socios, para quien este interesado, el despacho de abogados que tramita la demanda nos ofrece el siguiente servicio para nuestros asociados a un coste muy reducido:
     

Cobertura a la matrícula de los asociados:
 

  • Vigilancia BOE:

Para localizar multas publicadas a la matrícula de los asociados, procediendo a adoptar las medidas necesarias respecto al expediente sancionador publicado.

Defensa y Gestión de Multas: Identificación y Recursos Propios

 



PREGUNTAS FRECUENTES

 

 ¿Qué incluye el pago de la cuota de socio? ¿Incluye los gastos del recurso en 1ª instancia, el posible pago de costas, los gastos de un posible recurso en 2ª Instancia, un recurso ante el Tribunal Constitucional, como se repartirán los gastos?
 

Esta primera cuota, en principio anual, se destinará a: abonar el coste del recurso contencioso administrativo en primera instancia para lo que hemos contratado los servicios de Pyramid Consulting – Multayuda  https://www.pyramidconsulting.es , y las posibles costas en caso de que no se aceptasen ninguno de los puntos del recurso

 

En cuanto a las costas, en caso de que no prospere el recurso, podría ascender a 2.600€ aproximadamente,

 

Respecto al recurso esto es lo que incluye:

 

Procedimiento Contencioso-Administrativo en primera o única instancia.

 

Contra la impugnación de la Ordenanza 10/2021, de 13 de septiembre, por la que se modifica la Ordenanza de Movilidad Sostenible de 5 de octubre de 2018 incluyen los siguientes trámites: Tramitación del procedimiento hasta Sentencia -incidentes y recursos excluidos-

 

- El estudio de viabilidad y el escrito, solicitando se tenga por interpuesto el Recurso, y trámites paralelos realizados por la parte demandada (como control en la remisión del expediente, emplazamiento y/o personación de la parte, estudio de la viabilidad de la pretensión y de la admisibilidad del contencioso, alegaciones previas, etc.).

 

- Fase probatoria

 

- La asistencia a la Vista o la formulación de conclusiones escritas.

 

Por las medidas cautelares y su modificación.

 

- Tramitación del procedimiento de adopción de medidas cautelares

 

En caso de que prospere el recurso y el TSJM dicte sentencia a nuestro favor lo más seguro es que el Ayuntamiento lo recurra ante el Supremo, y este sería un nuevo recurso con otra tarifa.

El recurso se ha interpuesto por parte de la Asociación ya que tiene que ser una parte afectada, si se hace como demanda colectiva de personas individuales la parte demanda podría pedir probar que cada una de esas personas está realmente afectada, pero al ser una Asociación de Afectados legalmente constituida ya estamos legitimados para ello, y además el Despacho de abogados también es directamente perjudicado al tener la sede dentro de Madrid Central, en Gran Via.

El socio con la cuota inicial participa en la demanda en nombre de la asociación, no individualmente, y la condición de socio será totalmente anónima.

Con la primera cuota y donativos estamos intentando cubrir como mínimo los gastos de la demanda, y adicionalmente posibles costas en contra de los demandantes, trabajando contrarreloj para inscribir a los asociados y reunir los fondos. En caso de que no se acepte ninguno de los puntos del recurso y haya que pagar costas se dispondrá de esos fondos para hacerlas frente, y si son insuficientes habrá que solicitar una nueva aportación en proporción equitativa al número de socios, así como donativos.
 

"Somos tantos afectados que no debería ser imposible obtener un buen capital bien por socios o donantes."

 

Una cosa son las personas que nos sigan en redes sociales, y otra las que realmente se movilizan en nuestras campañas, marchas reivindicativas o las que quieran apuntarse como socias para participar en la demanda y “sustentar el recurso”. Dado que trabajamos contrarreloj nuestro objetivo era cubrir las cuotas de 100 socios para poder afrontar la demanda, lo que nos costó bastante esfuerzo y tuvimos que pagar en dos plazos. Todo lo que exceda esta cantidad se mantendrá como reserva para afrontar el posible pago de costas o un recurso ante el TS en segunda instancia, pero seguimos con el mismo problema del desconocimiento de la normativa, pese a haber solo en el municipio de Madrid afectados 352.000 turismos, 36.600 motocicletas, 39.300 furgonetas y 23.300 camiones mucha gente lo desconoce o no quiere involucrarse o piensa que no va con ellos o que no hay nada que hacer, pero si no protestas que acaban pasando por encima.

¿Para ser asociado-demandante el vehículo del afectado debe estar a su nombre o no es necesario pudiendo ser afectado por cualquier vehículo de uso regular no titular?
 

Para asociarse NO es necesario ser titular de un vehículo afectado, se puede ser solo el conductor habitual. Tenemos muchos casos de jóvenes que han “heredado” el segundo o tercer coche familiar de sus padres pero no son ellos los titulares del vehículo, pero si los que lo usan a diario, y por tanto son los afectados directos.

¿Se puede colaborar sin hacerse socio?

 

   Si.   

 

La opción del “Crowfunding” la hemos descartado ya que la mayoría de plataformas cobran una comisión, bastante significativa, y  nuestra prioridad es que los ingresos lleguen íntegros sin comisiones.  Para participar en la demanda se puede hacer con donativos, mediante cuota de socio, o mediante cuota + donativo.

Entendemos que hay gente de otras provincias o de la Comunidad de Madrid que no está afectada directamente o bien que por sus circunstancias personales no puede aportar toda la cuota, por eso dada la urgencia de recaudar los fondos necesarios hemos habilitado la opción de donativos

También es posible hacerse simpatizante.

Opciones legales después de la 1ª o 2ª Instancia. Tribunal Constitucional
 

Respecto al TC hay dos vías, por un lado denunciar las leyes que sustentan la normativa:
 

La ordenanza la han sustentado, más bien de forma sobrevenida porque se aprobó en mayo de 2021 mientras estaban trabajando en la modificación, en la  Ley de Cambio climático y Transición Energética que obliga a tener una Zona de Bajas Emisiones operativa a 31-12-2022, pero no fija su extensión, ni vehículos a excluir, ni horario.
 

Esta ley como tal en lo que respecta a las ZBE no tiene nada de inconstitucional porque no fija límites ni restricciones.


Respecto a otras leyes de tipo medioambiental, tipo circulatorio recurrir al TC, es una opción pero ahora mismo no disponemos medios económicos para ello.

 

Y la otra vía es una vez agotado el recurso del TSJM y TS, recurrir al Constitucional, si no es que alguno de estos tribunales de motu propio eleva una cuestión de inconstitucionalidad al TC al considerar que pueden estar vulnerándose derechos y libertades fundamentales. 
 

Evidentemente es una última opción que planteamos por que los plazos de resolución del TC son enternos, pero todo dependerá de la voluntad de los socios, el criterio de los abogados, y obviamente de los recursos económicos de la Asociación, que ahora mismo son limitados.

Respecto a la UE, se puede plantear una petición al Parlamento Europeo como han hecho los afectados de Barcelona, y plantear alguna vía legal, pero ahí también tenemos el inconveniente de la falta de medios económicos por el momento.
 

Adicionalmente hay 175 municipios que tienen que implantar Zonas de Bajas Emisiones y en cada uno de ellos la pueden plantear de una manera. El 27 de diciembre de 2022 se aprobó un Real Decreto que dará carácter de obligatoriedad a las  “Directrices para la creación de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE)” del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, frente a la que hicimos una  campaña de envío masivo de escritos de alegaciones. Puede ver el modelo de escrito aqui https://files.fm/u/5y6t9emtw

 

También presentamos alegaciones al Real Decreto mencionado:

https://asociacionavarm.wixsite.com/avarm/post/alegaciones-al-proyecto-de-real-decreto-por-el-que-se-regulan-las-zonas-de-bajas-emisiones

Tenemos una guía de actuación para afectados https://asociacionavarm.wixsite.com/avarm/zbes
 

Y estamos creando un modelo de alegaciones genérico para que se pueda adaptar a las distintas normativas de los municipios, asi como presentados alegaciones a diversas normativas estatales.

Argumentos legales para la demanda

Los argumentos que por nuestra parte estimamos que tienen base legal para recurrir la ordenanza de movilidad sostenible del Ayuntamiento de Madrid son los siguientes, añadiendo además los que estime el despacho de abogados con el que trabajamos que es experto en la materia https://www.pyramidconsulting.es

 

En nuestro comunicado de prensa podéis encontrar más detalles

Parte de estos argumentos ya venían reflejados en el “Escrito de Iniciación a instancia de parte” que dirigimos mediante una campaña de envió masivo de escritos a la Comunidad de Madrid y al Ministerio de Política Territorial y Función Pública para que interpusiesen un recurso contencioso-administrativo contra la modificación de la Ordenanza de movilidad sostenible del Ayuntamiento de Madrid. Se puede consultar aquí para ver todo el desarrollo argumentario: https://files.fm/f/zd96hsnfw 

1) La Ordenanza contiene unas disposiciones que suponen una restricción y vulneración de los derechos y libertades fundamentales recogidas en el ordenamiento jurídico de la Unión Europea, la Constitución Española, Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, y los tratados internacionales suscritos por España.

Entre otras:

 

- La libertad y la igualdad de los españoles ante la ley, y el derecho a protección contra toda discriminación

- El derecho a circular por el territorio nacional

- La libertad de circulación de personas, bienes y mercancías

- La libre circulación de los trabajadores

- El derecho a la propiedad privada, y a su uso y disfrute

- Violación de los principios de Legalidad y Jerarquía normativa.

- Aplicación de una legislación con carácter retroactivo.

2) La Memoria de Impacto Económico es insuficiente, al limitarse a 10 hojas

(Recordamos que uno de los motivos por los que se anuló Madrid Central fue por carecer de una Memoria de Impacto Presupuestario, y la propia normativa del Ayuntamiento indica que la Memoria de Impacto Económico es preceptiva )

3) La Memoria de Impacto Presupuestario tiene defectos que pueden poner en peligro la estabilidad presupuestaria del Ayuntamiento de Madrid y plantea una desproporcionalidad del gasto de las medidas propuestas en relación al parque de vehículos a los que se quiere impedir la circulación

 

4) Ausencia del informe preceptivo del Consejo para la Promoción de la Accesibilidad y de Supresión de Barreras.

 

5) La entrada en vigor de la  ZBEDEP Distrito Centro, la ZBEDEP Plaza Elíptica y Madrid ZBE, no incorpora medidas que permitan su eficaz aplicación para evitar el colapso del tráfico y de la movilidad.

 

6.) No hay evaluación del impacto medioambiental en las zonas colindantes al perímetro de las nuevas Zonas de Bajas Emisiones

 

7) No se ha dado audiencia a los municipios limítrofes, a pesar de que las restricciones al tráfico afectarán a los municipios colindantes y las vías de acceso a la capital.

 

8) Ejercicio de competencias de movilidad fuera del ámbito competencial en la ZBEDEP Plaza Elíptica.

 

9) Ausencia de un estudio del impacto ambiental y económico de los nuevos límites de velocidad en vías urbanas

 

10) Simplismo e inexactitud del criterio único basados en las etiquetas de la DGT para establecer cuáles son los vehículos “más contaminantes” y falta de adaptación a la última Directiva Europea.

***

De un socio:

 

A mí me gustaría convencer a los que aún no se hayan decido a poner el dinero de que 36 €, o el donativo que puedan aportar, puede ser de lo más barato que pueda costarnos el hacer un movimiento en contra de la oleada anti-vehiculo privado que se nos viene encima. Si nos oponemos desde ahora y con fuerza a estos movimientos a largo plazo nos podemos ahorrar muchos incordios, aunque sólo sea demostrando que no estamos dispuestos a aguantar cualquier abuso. Si ganamos (mirad el caso de madrid central) podemos sentar un precedente judicial que ahorre restricciones similares en muchas otras ciudades que van camino a lo mismo y bien pueden ser los sitios donde nacimos o donde vamos a vivir en el futuro.

 

Si el enfoque que se pretende dar a los problemas medioambientales es prohibir y regular todo lo que se menee (en vez de desburocratizar y despenalizar la innovación tecnológica, que en mi opinión es lo que se debería hacer), a largo plazo lo que nos jugamos no es que nos obliguen a comprar un coche eléctrico sino que prohíban el transporte individual (dado que los eléctricos también producen contaminación, lo lógico es que de aquí a diez años, empiecen a poner pegas serias también a los eléctricos y en general a cualquier cosa que no transporte a más de 20 personas a la vez).

 

Os convido a que penséis en el coste (no sólo moral sino también puramente económico) de dejar que, para poner un parche absolutamente ineficiente a un problema medioambiental empiecen a pisotear derechos individuales como la libertad de movimientos, el disfrute de la propiedad, etc. Podemos perder mucho más que 36 € en los años que se vienen, pero con 36 € ahora, tenemos la oportunidad de intentar cortar un muy buen cacho del problema de raíz.

 

 

Algunas de las Marchas reivindicativas e informativas realizadas hasta ahora
 

Galería de fotos 11-7-21  https://files.fm/vehiculoclasico#8yt5vbcrf
 

Galería de fotos 5-9-21     https://files.fm/u/6rm5467u5
 

Galería de fotos 12-9-21 y video aquí:    https://files.fm/u/tzx8mmgxw
 

 

 



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